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Declaración de accesibilidad

Declaración de Accesibilidad

JAWPI Tattoo & Piercing se ha comprometido a hacer accesible su sitio web, de conformidad con el Real Decreto 1112/2018, de 7 de septiembre, sobre accesibilidad de los sitios web y aplicaciones para dispositivos móviles del sector público, y siguiendo como referencia las Pautas de Accesibilidad para el Contenido Web (WCAG) 2.1, nivel AA.

Situación de cumplimiento

Este sitio web es parcialmente conforme con el RD 1112/2018 debido a la falta de conformidad de algunos aspectos que se indican a continuación.

Contenido no accesible

El contenido que se recoge a continuación no es accesible por las siguientes razones:

Falta de conformidad:

Podrían existir algunas imágenes sin texto alternativo adecuado.

Algunos elementos visuales pueden no cumplir plenamente con los ratios mínimos de contraste.

Es posible que ciertos documentos o contenidos multimedia no dispongan de subtítulos o alternativas textuales.

Puede haber formularios o elementos interactivos que no estén completamente optimizados para el uso mediante teclado o lectores de pantalla.

Carga desproporcionada:

No aplica.

Contenido no entra dentro del ámbito de la legislación aplicable:

Contenidos de terceros que no estén financiados ni desarrollados por JAWPI Tattoo & Piercing.

Preparación de la presente declaración de accesibilidad

Fecha de preparación: 10 de septiembre de 2025

Método empleado: Autoevaluación interna basada en las WCAG 2.1 nivel AA.

Observaciones y datos de contacto

Si encuentra barreras de accesibilidad en este sitio web o desea realizar cualquier consulta o sugerencia relacionada con la accesibilidad, puede ponerse en contacto a través de:

Correo electrónico: info.jawpi@gmail.com

Teléfono: 657 558 847

Dirección: Calle d’Arnús 79, Badalona 08911

También puede solicitar información en formatos accesibles o comunicar cualquier dificultad de acceso a los contenidos.

Procedimiento de aplicación

En caso de que la respuesta a una comunicación o solicitud relacionada con la accesibilidad no sea satisfactoria, la persona interesada podrá iniciar una reclamación conforme al artículo 13 del RD 1112/2018.